A continuación, analizamos la Ley Orgánica de
Simplificación y Progresividad Tributaria promulgada el 31
de diciembre de 2019 en el Suplemento del Registro Oficial
número 111, que reformó la Ley de Régimen
Tributario Interno:
Dividendos:
Se sujetan al pago de impuesto a la renta los dividendos pagados
a personas naturales residentes en el Ecuador, sociedades y
personas naturales residentes en el exterior. Solamente se
encuentran exonerados los dividendos pagados a sociedades
residentes en el Ecuador o establecimientos permanentes en
Ecuador.
El ingreso gravado es el 40% del dividendo efectivamente
distribuido. Se elimina el concepto de dividendo global (dividendo
entregado más impuesto pagado por la sociedad que lo
distribuye) y consecuentemente el crédito tributario de los
impuestos pagados por la sociedad