El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución
NAC-DGERCGC22-00000065 emitida el 30 de diciembre de 2022,
reformó las normas que regulan la entrega de
información sobre la composición societaria a
través del Anexo de Accionistas. A continuación,
resumimos los puntos más importantes.
1. De forma general, el último nivel de la
composición societaria a informarse es aquel en el que se
identifique a las personas naturales que sean beneficiarios finales
y/o residentes fiscales en Ecuador. Esta información excluye
a titulares nominales o formales.
2. Si el sujeto obligado tiene como accionista
directo o indirecto a sociedades sin residencia fiscal en Ecuador,
este accionista se considerará como el último nivel
de la composición societaria a informarse siempre y cuando
las personas naturales al final de la cadena mantengan
-individualmente o en conjunto con sus partes relacionadas-, una
participación efectiva en el capital del sujeto obligado
menor al 10%.