El principal objetivo del derecho de competencia es el de
asegurar la existencia de un terreno de juego igual para que los
competidores tengan la misma oportunidad de ofrecer bienes y
servicios a los consumidores en cada mercado relevante. Este
presupuesto inicial, implica necesariamente la prohibición
de acuerdos entre competidores -cualquier acuerdo expreso o
implícito que reduzca la incertidumbre sobre el
comportamiento de un competidor- y del abuso del poder de
mercado.
En el marco de las medidas necesarias y urgentes para afrontar
la crisis sanitaria mundial derivada de la pandemia de COVID-19,
varias autoridades de competencia han visto la necesidad de
flexibilizar – e incluso suspender- el régimen
sancionatorio aplicable a los acuerdos entre competidores,
permitiendo excepcionalmente que estos tengan lugar cuando la
cooperación temporal sea necesaria para garantizar la
provisión justa de productos y servicios esenciales durante
la crisis.