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ARTICLE · 18 MAY 2022

Exención IGI -canasta básica-

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El 16 de mayo de 2022 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican"...

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El 16 de mayo de 2022 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican”, mismo que entrará en vigor el día siguiente de su publicación, y tendrá una vigencia de un año. 

Con el objeto de contrarrestar los efectos inflacionarios que impactan directamente los precios de diversos productos de la canasta básica, el Ejecutivo Federal dio a conocer la exención temporal del impuesto general de importación (IGI) de diversos productos clasificados en 66 fracciones arancelarias, entre los cuales destaca el aceite, frijol, arroz, carne de cerdo, carne de pollo, huevo, leche, tomate, papa, limón, naranja, pan, pescado, pastas, jabón, entre otros con una vigencia de un año a partir de la entrada en vigor del Decreto en comento. 

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