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ARTICLE · 08 NOVEMBER 2016

Interpretación De La Uif En Materia De Outsourcing

Basham, Ringe y Correa, S.C.
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Los abogados del área de Administrativo y de Anti-Lavado de Dinero se encuentran a sus órdenes para resolver cualquier duda sobre lo anterior.

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En fechas recientes, la Unidad de Inteligencia Financiera ("UIF") de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió un comunicado respecto a los esquemas denominados "Outsourcing", considerando a este tipo de actividades como Actividad Vulnerable de conformidad con la Ley Anti-lavado.

Se entenderá como Actividad Vulnerable la prestación de este tipo de servicios profesionales, puesto que de manera independiente se llevan en nombre y representación del cliente, la administración y manejo de recursos del servicio contratado.

Al ser considerada como Actividad Vulnerable, las operaciones de los "Outsourcing", deberán ser objeto de identificación y reporte de acuerdo a la Ley Anti-lavado, resaltando que, por tratarse de operaciones en la prestación de servicios profesionales, la identificación, así como el reporte de la operación se deberán realizar siempre, puesto que no existe monto mínimo para que sean reportadas.

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