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Superintendencia de Banca y Seguros propone marco regulatorio para los seguros paramétricos en Perú

Escrita por:Sergio BarbozaFarah Torres

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (“SBS”) ha puesto en consulta pública un proyecto normativo que propone aprobar el Reglamento de Seguros Paramétricos y modificar disposiciones vinculadas a la comercialización de productos de seguros y a la auditoría interna.

El proyecto busca regular una modalidad de seguro en la que el pago no depende de la cuantificación directa del daño, sino de la verificación de un evento asegurado, medido mediante un parámetro objetivo, que alcanza o supera un umbral previamente establecido en la póliza. En esa lógica, la cobertura se activa con base en datos verificables, no mediante un ajuste tradicional de pérdidas.

A continuación, analizamos la regulación propuesta, sus antecedentes e implicancias prácticas para las partes interesadas.

¿Qué son los seguros paramétricos?

Los seguros paramétricos no son solo una nueva modalidad de póliza: su diseño combina regulación de seguros, datos, modelamiento técnico, conducta de mercado, reservas, reaseguro y gestión de riesgos naturales. La propuesta se inscribe en una tendencia regional orientada a crear mecanismos de protección financiera frente a riesgos climáticos y catastróficos. Organismos como el Banco Interamericano de Desarrollo y el CIAT han destacado su potencial para la adaptación al riesgo climático, aunque advierten sobre limitaciones como el riesgo base, los costos de diseño y la comprensión del producto. En el Perú, el gremio asegurador considera que el producto podría fortalecer la resiliencia y complementar las coberturas tradicionales.

¿Qué propone la SBS?

El proyecto define el seguro paramétrico como una cobertura que paga una compensación preestablecida cuando un evento supera un umbral medido por un parámetro fijado en la póliza, sin necesidad de evaluación de daños. El régimen se limita a los riesgos de la naturaleza y excluye las coberturas basadas en índices o que requieran cálculo o modelación (como las de índice de rendimiento agrícola, regidas por su propia norma). Exige reglas claras sobre el evento e interés asegurado, el parámetro y el umbral, el área geográfica, las fuentes y los verificadores de datos, la estructura de pago, la nota técnica, el riesgo base, la comercialización, las reservas, el reaseguro y los reportes regulatorios. Más que una póliza con un mecanismo de pago distinto, supone un producto altamente dependiente de datos, de trazabilidad, de modelamiento técnico y de transparencia para el asegurado.

En este tipo de póliza, el dato cumple una función central en la arquitectura del seguro: el parámetro debe ser objetivo, independiente, estandarizado, verificable, oportuno y correlacionado con el impacto del evento. La información debe provenir de agencias proveedoras de datos, con fuentes secundarias solo si la primaria no está disponible de manera técnica y verificable, lo cual plantea interrogantes ante fallas, retrasos, discrepancias o la intervención de terceros.

El riesgo base, la posible diferencia entre la pérdida real y el pago previsto, es otro punto sensible. El asegurado puede sufrir una pérdida sin que el parámetro alcance el umbral, o cobrar pese a una pérdida baja o inexistente. El riesgo base inherente al producto debe explicarse claramente en la póliza, la nota técnica y la guía del producto. Además, es importante reforzar esta información durante la capacitación de la red comercial, para que el contratante o beneficiario comprenda que el seguro solo se activa y paga cuando se cumple el parámetro especificado.

En el plano prudencial, las empresas deberán sustentar técnicamente el diseño del producto con información estadística, justificación de las fuentes de datos, resolución espacial y temporal, archivos históricos, simulaciones y análisis de correlación entre el parámetro y las pérdidas reales.

En reservas, el proyecto prevé reservas de riesgo en curso y, cuando corresponda, de primas diferidas por el 100% de la prima retenida hasta la extinción del riesgo, además de las reservas por siniestros y por riesgo catastrófico.

En el reaseguro, la propuesta establece que los contratos deberán contemplar las mismas condiciones de cobertura que la póliza paramétrica. De lo contrario, no serían reconocidos como instrumentos de transferencia de riesgo con fines regulatorios. Este punto puede ser especialmente relevante para estructuras internacionales de reaseguro, en las que será necesario revisar la consistencia entre el wording, el trigger, el parámetro, el umbral, la zona geográfica y la estructura de pago.

La comercialización será otro frente crítico. Los seguros paramétricos podrán venderse de forma directa por la aseguradora, a través de comercializadores únicamente bajo la modalidad de bancaseguros y mediante corredores, con personal capacitado para explicar el producto, y no podrán diseñarse como productos híbridos ni integrarse con seguros tradicionales; los canales a distancia deberán informar sobre el evento asegurado, la zona de cobertura, el parámetro, las fuentes de datos, el umbral de activación y ejemplos. Aunque el producto es operativamente más ágil, su comunicación es más compleja. Si los materiales publicitarios, guiones, guías y disclaimers no explican con claridad la cobertura y sus límites, aumenta el riesgo de reclamos, disputas y cuestionamientos sobre la conducta de mercado.

Implicancias prácticas para el mercado

La propuesta establece requisitos de diseño, datos, documentación, conducta de mercado, reservas, reaseguro y reportes regulatorios. Las aseguradoras deberán verificar la coherencia entre evento, parámetro, umbral, área, pagos y datos, y sustentar técnicamente su selección con simulaciones. Las reaseguradoras deberán alinear sus contratos para garantizar condiciones equivalentes a la póliza. Los canales y corredores deberán explicar con transparencia que el pago se activa al cumplirse el parámetro y no por la pérdida real. Y las empresas con exposición a riesgos naturales podrán emplear estos productos como mecanismos de liquidez o de continuidad, siempre que el diseño refleje la exposición que buscan gestionar.

Sectores relevantes

Aunque el proyecto no especifica qué industrias podrían utilizar estos productos, las coberturas paramétricas son pertinentes para sectores expuestos a riesgos físicos, climáticos o de continuidad operativa, tales como infraestructura, energía, minería, agricultura, pesca, logística, comercio minorista, inmobiliario, hotelería, banca, telecomunicaciones, salud, educación, sector público y gobiernos. Estas soluciones de seguros pueden contribuir a gestionar la liquidez, la continuidad operativa, los riesgos climáticos, la exposición territorial o eventos catastróficos. Sin embargo, su adopción estará sujeta a regulaciones, disponibilidad de datos, viabilidad técnica y comprensión del producto.

Aspectos a revisar durante la consulta pública

Durante la etapa de comentarios, los interesados podrían concentrarse en varios frentes. En cuanto al producto, conviene evaluar si la definición delimita bien qué califica como seguro paramétrico y si la referencia a los riesgos de la naturaleza cubre suficientemente los eventos climáticos, geológicos y catastróficos relevantes para el Perú; y, en el plano de los datos, si las reglas de objetividad, independencia, disponibilidad y trazabilidad resultan aplicables a distintas zonas y tipos de evento.

En el ámbito de mercado y prudencial, cabría revisar si las obligaciones de divulgación sobre el riesgo base necesitan fortalecerse mediante formatos o ejemplos estándar; evaluar si el régimen de comercialización se ajusta a bancaseguros, canales digitales y productos masivos; determinar si la exigencia de aplicar “las mismas condiciones de cobertura” en el reaseguro requiere mayor precisión; y si la metodología de reservas, las guías para reportes, la auditoría y los plazos de adaptación bastan para ajustar pólizas, notas técnicas, contratos, procesos y modelos ya inscritos.

Ideas centrales

  • Una nueva modalidad relevante para distintos actores del mercado. De aprobarse, el proyecto incorporaría formalmente los seguros paramétricos al mercado peruano. Aunque sus destinatarios directos son las aseguradoras y reaseguradoras, la propuesta también resultaría relevante para potenciales contratantes, entre ellos empresas con activos expuestos, entidades financieras, operadores de infraestructura y, en general, sectores con exposición física, climática o territorial, que podrían considerar estas coberturas en su estrategia de gestión de riesgos.

  • Sectores interesados. El proyecto no delimita las industrias destinatarias, pero las coberturas paramétricas suelen asociarse a sectores como infraestructura, energía, minería, agricultura, pesca, logística, comercio minorista, inmobiliario, hotelería, banca, telecomunicaciones, salud, educación y sector público. En estos casos, podrían contribuir a gestionar la liquidez, la continuidad operativa o los eventos catastróficos, si bien su adopción dependería de la regulación final, la disponibilidad de datos y el diseño contractual. Con todo, el proyecto reserva la contratación a organismos públicos, entidades corporativas y grandes empresas (además de otras organizaciones privadas con capacidad técnica suficiente), por lo que el interés sectorial debe leerse desde ese público objetivo.

  • El dato y el contrato adquieren un rol central. Según la propuesta, el parámetro objetivo, sus fuentes y verificadores, el umbral y el riesgo base deberían quedar reflejados con precisión en la póliza y en la documentación del producto. La revisión del wording, las fuentes de datos, los triggers y los disclaimers cobraría especial relevancia para reducir el riesgo de reclamos, disputas y cuestionamientos sobre la conducta de mercado.

  • Distribución regulada y deber reforzado de información. El proyecto plantea que la comercialización pueda realizarse de forma directa por la aseguradora, a través de comercializadores únicamente bajo la modalidad de bancaseguros y mediante la intermediación de corredores; además, los seguros paramétricos no podrían diseñarse como productos híbridos ni integrarse con seguros tradicionales. Todo ello con exigencias de capacitación y de materiales que expliquen el riesgo base (esto es, que el pago se activa al cumplirse el parámetro y no necesariamente por la pérdida real). Revisar y adecuar oportunamente los guiones de venta, las guías de producto y los disclaimers podría ayudar a mitigar la exposición a contingencias.
  • Conclusión

    Más que una regulación de seguros, el proyecto de la SBS apuntaría a estructurar coberturas que transfieran riesgos de la naturaleza mediante datos objetivos, parámetros verificables y pagos potencialmente más rápidos. Su desarrollo podría depender del equilibrio que logre entre la innovación, la protección del asegurado y la viabilidad técnica de las empresas supervisadas. En esa línea, la consulta pública, abierta hasta el 24 de junio de 2026, podría ser una oportunidad para afinar un marco normativo claro, ejecutable y comprensible.

    ¿Cómo puede ayudar DLA Piper?

    Los seguros paramétricos se están consolidando a escala global, aunque su tratamiento legal aún varía entre jurisdicciones. La Guía Global de Seguros Paramétricos de DLA Piper ofrece una perspectiva comparada sobre cómo se abordan estos productos en otros países, por lo que podría ser útil para anticipar los desafíos que afrontará el mercado peruano.

    Para más información, por favor contacte a los autores.

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