El 09 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario
Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por virtud del
cual se modificaron: (i) la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR),
(ii) la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), y el (iii)
Código Fiscal de la Federación (CFF). Estas reformas
entrarán en vigor a partir del 01 de enero de
2020.
En términos generales, las modificaciones más
relevantes son las siguientes:
Ley del Impuesto sobre la Renta
a. Establecimiento Permanente (artículos 2 al 3 de
la LISR):
- Se amplía el concepto de
Establecimiento Permanente (EP), indicando que se
considerará que se constituye un EP cuando un residente en
el extranjero realice actos mercantiles en el territorio mexicano a
través de un tercero que no sea considerado como agente
independiente, aunque dicha persona no tenga un lugar de negocios
en México, si dicha persona concluye habitualmente contratos
o desempeña habitualmente el rol principal que lleve a la
conclusión de