A partir de la Reforma a la Ley de la Propiedad Industrial del
18 de mayo de 2018, los titulares de marcas registradas tienen la
obligación de hacer la Declaración de Uso de Marcas
en México ante el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial.
La Ley establece que la Declaración de Uso deberá
presentarse en dos momentos:
I) Durante un periodo de tres meses
posteriores, a partir de que se cumpla el tercer año de
haberse otorgado el registro de marca.
II) Al momento de solicitar la
renovación del registro.
Si el titular no declara el uso de su marca en alguno de los
momentos antes mencionados, el registro caducará.
Actualmente, al presentar la Declaración de Uso, no es
necesario que el titular acompañe evidencia que compruebe el
uso de la marca en relación con los productos o servicios
para los cuales se otorgó, sin embargo, es recomendable
guardar pruebas de uso tales como facturas, anuncios,
publicaciones, folletos, catálogos, o cualquier otro
documento