En el Registro Oficial Suplemento No. 377, de fecha
miércoles 28 de noviembre de 2018, se publicó el
Reglamento para la Autorización de Factibilidades de Nuevos
Centros de Distribución.
El Reglamento indica que la responsabilidad y riesgo total de la
inversión para la creación de centros de
distribución dependerá única y exclusivamente
del interesado en obtener la autorización de factibilidad,
quien asumirá las obligaciones principales en calidad de
beneficiario del proyecto. Los requisitos y procedimiento de
obtención se señala en la norma, aclarando de forma
especial que su concesión se relaciona directamente al
análisis de suficiencia de infraestructura conforme la
demanda de cada sector.